Renta 2015: así son las principales deducciones y novedades para este año

Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de las Comarcas de Ronda y Campillos

Renta 2015: así son las principales deducciones y novedades para este año

 

  • Nuevas deducciones para las familias bajo la forma de impuestos negativos
  • Fin de la reducción general de 2.652 euros por rendimientos del trabajo
  • El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha presentado este miércoles un manual básico para afrontar con «éxito» y sin «sobresaltos» la Declaración de la Renta 2015, campaña que empieza el próximo 6 de abril y que viene marcada por las modificaciones introducidas en la reforma fiscal.
  • En un comunicado, los técnicos explicaron que, «con el objetivo de facilitar una de las obligaciones que suscita mayor inquietud entre los contribuyentes», se ha elaborado el manual para hacer «más sencilla» la presentación de la declaración.
  • Gestha recordó que no están obligados a presentar la declaración los contribuyentes que perciban salarios inferiores a los 22.000 euros brutos anuales, siempre y cuando procedan de un solo pagador o bien si, procediendo de varios, la suma de lo ingresado por parte del segundo y restantes no excede los 1.500 euros al año.
  • Además, los técnicos destacaron la necesidad de que los contribuyentes tengan «muy en cuenta» las peculiaridades fiscales propias de su región, pues no todos saben que las comunidades autónomas tienen transferida la capacidad de aprobar sus propias deducciones en determinadas materias, algunas tan sustanciales como el alquiler o la inversión en vivienda habitual, e incluso la posibilidad de realizar cambios en los tipos del IRPF.

Planes de pensiones

  • Entre los puntos que recoge el manual se encuentra que las aportaciones a planes de pensiones o de previsión asegurado permiten rebajar la base imponible de la declaración de la renta.
  • No obstante, la reforma fiscal ha introducido dos cambios a tener en cuenta. En primer lugar, se ha reducido la cantidad límite que se puede aportar, pasando de 10.000 a 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad.
  • La segunda novedad tiene que ver con el rescate del plan de pensiones en forma de capital. La reforma puso fin a la reducción del 40% al recuperar el dinero en forma de capital, la cual se aplicaba a los ingresos procedentes de las aportaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2006.
  • Otra novedad en la Renta de 2015 es la eliminación de la reducción general de 2.652 euros por obtención de rendimientos del trabajo. Como compensación, se establece un nuevo gasto deducible de 2.000 euros en concepto de otros gastos que podrá incrementarse en otros 2.000 euros anuales para los desempleados que encuentren un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia en el año del cambio y en el siguiente.
  • Del mismo modo, la cuantía que se podrán desgravar los trabajadores con discapacidad activos en función del grado de discapacidad aumenta a 3.500 euros y 7.750 euros (antes las reducciones eran de 3.246 euros o de 7.246 euros).

Deducciones por compra y alquiler de vivienda

  • En cuanto a la desaparición de la deducción por alquiler, Gestha advierte de que los inquilinos con contratos anteriores al 1 de enero de 2015 pueden seguir deduciéndose el 10,05% de las cantidades satisfechas en 2015 y años sucesivos mientras mantengan el contrato de alquiler de su vivienda habitual, y siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales. Tampoco debe olvidarse que todas las comunidades autónomas, salvo Baleares, Murcia y La Rioja, tienen aprobadas deducciones por alquiler, sujetas a sus propias limitaciones, requisitos, colectivos y tipos.
  • Para los arrendadores, existe ya una reducción única del 60% para el rendimiento neto declarado por el arrendamiento de la vivienda, desapareciendo así la distinción de la rebaja en función de la edad que elevaba al 100% la reducción cuando el inquilino era menor de 30 años.
  • Por su parte, los contribuyentes que compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 mantienen el derecho a la desgravación en 2015 y sucesivos años, siempre que hayan deducido por dicha vivienda en 2012 o en años anteriores. En este caso, pueden deducirse hasta un 15% de las cantidades invertidas con un límite de 9.040 euros.
  • También en materia de vivienda, la reforma fiscal mantiene la exención por reinversión en vivienda habitual que evita tributar por la ganancia patrimonial de la venta de la anterior vivienda habitual del contribuyente, siempre que el importe total de la venta se reinvierta en una nueva vivienda habitual en los dos años anteriores o posteriores a la venta de la vivienda antigua.
  • Otra novedad de la reforma fiscal es que las ganancias obtenidas por los mayores de 65 años con la venta de cualquier tipo de bien quedan exentas de tributación. No obstante, esa exención se producirá siempre y cuando las ganancias se destinen a la creación de una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses.

Deducciones por donativos e impuestos negativos

  • En esta Campaña de la Renta se introducen también mejoras al régimen de deducción por donativos a entidades incluidas en el ámbito de la Ley 49/2002 para estimular su fidelización. Así, el contribuyente podrá desgravarse un 50% de los primeros 150 euros donados a ONGs, fundaciones o cualquier entidad acogida a dicha normativa y un 27,5% del resto de aportaciones, porcentaje que aumenta hasta el 32,5% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido en cada uno de los últimos tres años.
  • Asimismo, la reducción por cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos se convierte este año en una deducción de un 20% de dichas cuotas y aportaciones, siempre limitadas a una base máxima de 600 euros.
  • Por último, los técnicos de Hacienda recuerdan las nuevas deducciones para las familias bajo la forma de impuestos negativos (se devuelve una cantidad aunque no existan retenciones), es decir, deducciones en la cuota diferencial del IRPF a favor de trabajadores, pensionistas, desempleados o autónomos integrados en una familia numerosa, o con ascendientes o descendientes discapacitados a su cargo. Estas ayudas son de 1.200 euros anuales prorrateándose por meses por cada modalidad, salvo en el caso de familia numerosa especial que es de 2.400 euros.